En este
libro de Excel, presentamos cuatro hojas practicas sobre el libro
de registro de control de fugas, hoja de control de fugas anual
obligatorio, hoja de control de carga de refrigerante y/o reparación del
circuito y hoja de boletín de revisión de instalación.
Para el libro de registro de controles
de fugas y escapes de gas de la instalación, nos guiamos por el modelo que se
presenta en la nota informativa: normativa ambiental para empresas
instaladoras y de mantenimiento de sistemas de refrigeración y aire
acondicionado del RD
795/2010.
Las instalaciones frigoríficas,
normalmente disponen de varios circuitos independientes y de hecho el RD
138/2011 (Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas) en el
modelo de libro de registro contempla hasta un máximo de 10 circuitos, por tal
motivo ajustamos el modelo de la nota informativa a nuestras instalaciones
añadiendo unos espacios para numerar el circuito que corresponde la actuación,
el nombre de dicho circuito y añadimos dos espacios mas para distinguir si el
registro es a consecuencia de una reparación que incide en la carga de gas o es
una revisión anual obligatoria.
Las hojas de control de fugas anual
obligatorio y hoja de control de carga de refrigerante y/o reparación del
circuito, son modelos extraídos de esta
nota informativa y del Reglamento
de instalaciones frigoríficas, con algunas variantes para adaptarlas a nuestras
instalaciones y que son de obligado cumplimiento, adjuntando una copia en el
libro de documentación de la instalación, después de cada intervención.
La hoja de Boletín de revisión de la
instalación, es una copia idéntica a la exigida por el reglamento de
instalaciones frigoríficas en su IF-14
Apéndice 1. Modelo de boletín de revisión
NOTA: para desbloquear la hoja y efectuar cambios, usar la clave "pascalin".
NOTA: para desbloquear la hoja y efectuar cambios, usar la clave "pascalin".
Pequeño resumen de la nota
informativa a tener en cuenta:
1 ¿A quién va dirigida la nota
informativa? Conceptos generales
Esta nota informativa está dirigida al
personal técnico y a las empresas que instalen o mantengan equipos de
refrigeración o climatización que empleen refrigerantes basados en gases
fluorados, ya que resume la normativa ambiental europea y española aplicable a
estos gases (punto 4).
Por “Gases fluorados” se
entienden a los efectos de esta nota, y de acuerdo al RD
795/2010:
Las sustancias enumeradas en
los grupos I, II, III, VII, VIII y IX del anexo I del Reglamento (CE) n.º 1005/2009
sobre sustancias que agotan la capa de ozono (SAO), por ejemplo HCFC (R22) y
CFC (R12, R11).
Las sustancias enumeradas en el
anexo I del Reglamento (CE) n.º 842/2006
sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero (GEI), por ejemplo
R134a, R404, R407 y R410
Se consideran empresas
habilitadas para manipular los circuitos y los refrigerantes en los equipos
de refrigeración y climatización aquellas empresas facultadas para trabajar con
sistemas frigoríficos fijos por los reglamentos:
RSF
(Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas)
RITE
(Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios)
2 Obligaciones para el
personal y las empresas
2.1 Obligaciones relativas a
la certificación de las empresas
El Real
Decreto 795/2010 establece la obligación de contar con un certificado expedido
por los servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente a aquellas
empresas que, en relación con los equipos de refrigeración o climatización fijos
con sistemas frigoríficos que emplean gases fluorados, realicen operaciones
de:
Instalación.
Mantenimiento
o revisión, incluido el control de
fugas, carga y recuperación de refrigerantes fluorados.
Manipulación de contenedores
de gas.
(Instalación: La
conjunción de, al menos, dos piezas de equipos o circuitos que contengan o se
hayan diseñado para contener o conducir gases fluorados, con el fin de montar
un sistema en su lugar de funcionamiento, independientemente de que sea
necesario o no cargarlo tras el montaje.
Mantenimiento o revisión: Todas las
actividades que supongan acceder a los circuitos de sistemas existentes que
contengan o se hayan diseñado para contener gases fluorados y, en particular,
retirar una o varias piezas del circuito o equipo, volver a montar una o varias
piezas del circuito o equipo, así como reparar fugas. No tendrán tal consideración
la manipulación de componentes que no afecten al confinamiento del fluido.)
Cabe destacar que las limitaciones
al ejercicio de la actividad –exigencia de certificado y desarrollo de
actividad en el seno de empresa habilitada- son únicamente en relación a
equipos fijos, por lo que no necesitan de dicho certificado las empresas
que únicamente trabajen con equipos móviles.
Todas esas operaciones deberán
ser realizadas únicamente por personal certificado, por lo que las empresas que
se dediquen a la instalación o mantenimiento, tanto de equipos fijos como
móviles, deberán contar con personal debidamente certificado para la
realización de estas operaciones (ver punto 2.3), así como con los medios
técnicos necesarios.
No requieren de certificación
el personal que únicamente manipule elementos de sistemas frigoríficos
distintos del circuito que contiene el gas, tales como ventiladores, filtros y
conductos de aire, tuberías de agua o refrigerantes secundarios no fluorados,
etc.
3 Obligaciones relativas a
los equipos y al uso de gases fluorados
3.1 Obligaciones en relación
a la prevención de fugas
La normativa europea
establece que todos los operadores deberán evitar las fugas de gases fluorados de efecto invernadero y subsanar lo
antes posible las fugas detectadas, recurriendo a todas las medidas que sean
técnicamente viables y no requieran gastos desproporcionados. Esta obligación,
que originariamente recae en el titular del equipo, debe ser asumida por la
empresa mantenedora en el momento en el que ésta ejerza el poder real sobre el
funcionamiento técnico de los equipos.
La forma idónea de asumir la
responsabilidad es a través del contrato de mantenimiento en el que se
especifiquen las tareas a realizar (controles de fugas periódicos descritos en
los siguientes apartados, reparación de fugas en caso de que sean detectadas y
mecanismos rápidos de aviso y aceptación de posibles presupuestos
extraordinarios, etc.).
3.1.1 ¿Qué es un control de
fugas?
Se entiende por control de fugas la
comprobación de la estanqueidad de los circuitos que contienen gases fluorados
y la búsqueda de las áreas o puntos de pérdida de fluidos de acuerdo al
procedimiento establecido en el Reglamento (CE) n.º
1516/2007, de 19 de diciembre de 2007, por el que se establecen, de
conformidad con el Reglamento (CE) n.º
842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, requisitos de control de
fugas estándar para los equipos fijos de refrigeración, aires acondicionados y
bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto
invernadero, en equipos de refrigeración.
De manera esquemática se resume en el siguiente
cuadro.
3.1.2 ¿Con qué frecuencia
debe llevarse a cabo el Control de Fugas anterior?
La tabla siguiente presenta régimen
obligatorio de control de fugas aplicable según la carga de gases fluorados de
los equipos fijos. En los equipos no fijos, si bien es recomendable su
realización, NO es obligatoria:
Cuando se detecte una fuga, y
una vez ésta haya sido subsanada, se realizará un control de fugas en un plazo
máximo de un mes desde que se llevó a cabo la reparación.
Cuando se detecte una fuga en
equipos de equipos con carga de CFC y HCFC, la fuga deberá ser reparada
en un plazo máximo de 14 días.
3.1.3 ¿Quién hace el Control
de Fugas?
Los controles de fugas, para
que tengan validez, únicamente podrán ser realizados por personal certificado
en el seno de empresas habilitadas (CERTIFICADOS 1 y 2, indistintamente
pues el certificado 2 a efectos de control de fugas vale para cualquier carga)
Es importante que se realicen
correctamente, incluidos los aspectos relativos al mantenimiento de libros de
registro y documentación.
La realización de los controles es
responsabilidad del propietario del equipo, si bien lo normal es que se
traslade esta responsabilidad a la empresa mantenedora mediante el contrato de
mantenimiento periódico.
Las empresas instaladoras y
mantenedoras de sistemas de refrigeración y aire acondicionado deberán recordar
al propietario/usuario de dichos equipos la obligatoriedad de realizar el
servicio de mantenimiento en la forma y frecuencia que se ha descrito
anteriormente.
3.3 Obligaciones relativas
al mantenimiento de registros
3.3.1 Libros de registro en
equipos
Deberán mantenerse registros
en aquellos equipos que contengan ≥3 kg de gases fluorados (no se suman las
cargas de circuitos totalmente independientes). Los registros deberán incluir
la siguiente información:
Identificación
del equipo o circuitos.
Cantidad
y tipo de gases instalados en cada equipo.
Cualquier
cantidad de refrigerante añadida.
La
cantidad de refrigerante recuperada durante el mantenimiento, reparación y
eliminación definitiva.
Identificación de la empresa y
técnico que llevó a cabo el mantenimiento o reparación
Fechas y resultados de los controles de fugas
y de los controles de los sistemas de detección de fugas.
Estos datos estarán a disposición bajo
requerimiento de la autoridad competente e incluso de la Comisión Europea.
Los titulares de los
equipos tienen la obligación de custodia sobre los registros que se lleven a cabo y la empresa
mantenedora deben mantener y rellenar debidamente dichos registros.
Se adjuntan modelos a modo
de ejemplo, pues en todo caso sería la normativa industrial o la comunidad
autónoma la que estableciera un modelo obligatorio en su caso.
5 ¿Cuál es la normativa
aplicable?
Reglamento
(CE) 842/2006 sobre determinados
gases fluorados de efecto invernadero entró en vigor en 2006. Este Reglamento
tiene como objeto reducir las emisiones de HFC, PFC y SF6 por contribuir al
calentamiento global. De él derivan los siguientes reglamentos que regulan
aspectos concretos:
Reglamento
(CE) 303/2008, derivado del
anterior y por el que se establecen los requisitos mínimos y las condiciones de
reconocimiento mutuo de la certificación de empresas y personal en lo que se
refiere a los equipos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de
calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.
Reglamento
(CE) 1494/2007, por el que se
establecen, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento 842/2006, la forma
de etiquetado y los requisitos adicionales de etiquetado de los productos y
aparatos que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.
Reglamento
(CE) 1516/2007 por el que se
establecen, de conformidad con el Reglamento 842/2006, los requisitos de
control de fugas estándar para los equipos fijos de refrigeración, aires
acondicionado y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de
efecto invernadero
Reglamento
(CE) 1005/2009, sobre sustancias
que agotan la capa de ozono, regula el uso de CFC y HCFC, incluida la
reutilización del gas en el mantenimiento de sistemas de climatización que
empleen refrigerantes con CFC y HCFC.
Real
Decreto 795/2010 por el que se
regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados
en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.
Esta norma implementa y, en
algunos casos, extiende los aspectos relativos a las certificaciones de los
profesionales así como las restricciones a la distribución y uso de los
refrigerantes derivados de las anteriores normativas europeas y engloba bajo el
concepto de gases fluorados también a las sustancias que agotan la capa de
ozono. Prevé asimismo las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento
de las diferentes obligaciones establecidas en el mismo que pueden llegar a los
2.000.000 de euros en el caso de infracciones muy graves (Ley
34/2007).
Los aspectos relacionados con la
gestión del gas refrigerante al final de su vida útil o de aquellos prohibidos
se regulan por la normativa de residuos peligrosos, en particular la Ley 20/86,
y los Reales Decretos 833/1988
y 952/1997.
Aviso, esta plantilla ya se encuentra integrada en la plantilla general de toda la documentación publicada en este bloc y que estan entrelazadas entre si y disponible en este enlace.
Aviso, esta plantilla ya se encuentra integrada en la plantilla general de toda la documentación publicada en este bloc y que estan entrelazadas entre si y disponible en este enlace.
Buenos dias Casemiro, estoy intentando descargar el libro de registro de controles de fugas y al pinchar me dice pagina no encontrada.
ResponderEliminarLa verdad que seria de gran ayuda poder tener esa documentación, no se si es fallo de mi pc, o que ya no esta disponible.
Un saludo y gracias.
Ya no está disponible por quedarse obsoleto ante las continuas modificaciones.
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